La reacción del Ejecutivo tras la anulación de la nómina para fiscal general no se hizo esperar y marcó un tono político claro frente a la resolución de la Corte de Constitucionalidad. El presidente Bernardo Arévalo cuestionó el fallo y puso en duda el alcance del amparo que dejó sin efecto el proceso, al tiempo que pidió a los comisionados actuar con firmeza en la nueva fase de evaluación.
El mandatario expresó su desacuerdo con la decisión del máximo tribunal, señalando que el amparo presenta inconsistencias y que su aplicación impacta directamente un proceso que, desde el Ejecutivo, se ha insistido en mantener bajo estándares de idoneidad y transparencia. La postura presidencial introduce una lectura crítica del fallo, en contraste con el criterio de la CC que detectó fallas legales en la actuación de la Comisión de Postulación.
En ese contraste jurídico, el fundamento del fallo cobra relevancia. El voto razonado concurrente del magistrado Roberto Molina Barreto sostiene que el problema radica en la interpretación del requisito de experiencia profesional, insistiendo en que la función de juez no puede equipararse automáticamente al ejercicio de la abogacía. Esta postura, que respalda la decisión de la CC, plantea que la evaluación debe ajustarse a una lectura estricta de la Constitución y no a criterios amplios que, a su juicio, distorsionan los requisitos para optar al cargo de fiscal general.
El argumento profundiza la discusión al establecer que mientras el abogado —y por extensión el fiscal— ejerce acción penal y litigio, el juez cumple una función distinta desde la jurisdicción, lo que impide sumar ambas trayectorias como experiencia profesional equivalente. Este punto se convierte en el núcleo del fallo que el Ejecutivo cuestiona, marcando la diferencia entre una interpretación restrictiva de la norma y la práctica que había guiado el proceso.
En paralelo, Arévalo hizo un llamado público a los integrantes de la Comisión para que no cedan a presiones y aseguren una evaluación basada en méritos, ética e independencia, en un proceso que ahora debe rehacerse bajo parámetros más estrictos definidos por la Corte.
La reacción política estuvo acompañada de una acción administrativa inmediata. La Presidencia devolvió los expedientes de los aspirantes que integraban la nómina anulada, dando cumplimiento a lo ordenado por la CC y activando formalmente la fase de recalificación. Este paso no solo materializa la resolución judicial, sino que también marca el reinicio del procedimiento desde el punto señalado por el tribunal constitucional.
El movimiento evidencia una doble línea en la respuesta del Ejecutivo: cuestionamiento político al fallo, pero acatamiento operativo de sus efectos, en un escenario donde la elección del fiscal general vuelve a quedar bajo revisión y con nuevas condiciones de evaluación.
Con el proceso reiniciado, la atención se centra ahora en la actuación de la Comisión de Postulación, presionada por plazos estrictos y bajo el escrutinio de un fallo que no solo corrige el procedimiento, sino que redefine el margen de decisión en uno de los nombramientos clave del Estado.

