Desde hoy, 2 de abril de 2026 quedó eliminado en Guatemala el impuesto a herencias, legados y donaciones, tras la entrada en vigor del Decreto 6-2026, que pone fin a más de 70 años de cobro de este tributo. La medida también beneficia a los procesos sucesorios que estaban en trámite, cuyos beneficiarios quedan liberados del pago.
La normativa establece que las entidades administrativas deberán devolver los expedientes relacionados con la liquidación del impuesto a los interesados, sin necesidad de solicitud, mientras jueces y notarios continuarán los trámites sin requerir pago alguno por la herencia o donación por causa de muerte.
Además de la eliminación del tributo, el decreto incluye reformas a distintas leyes tributarias, entre ellas exenciones en el IVA para donaciones familiares y ajustes en el Código Procesal Civil y Mercantil relacionados con avalúos y trámites sucesorios.
La derogación responde a que el impuesto era considerado burocrático y oneroso, ya que los beneficiarios debían pagar dentro de plazos cortos, mientras los procesos sucesorios podían tardar años, lo que generaba multas, intereses y montos difíciles de cubrir, e incluso la pérdida del bien heredado en algunos casos.
Con la entrada en vigencia de la nueva normativa, heredar bienes como casas, terrenos u otros activos deja de generar esta obligación tributaria, marcando un cambio significativo en los procesos de sucesión en Guatemala.

